En este blog podrás encontrar temas e informaciones que se relacionen a tu estatus migratorio.

viernes, 2 de septiembre de 2016

Solicitar, renovar o reemplazar su residencia permanente

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La residencia permanente es el estatus que se les concede a los inmigrantes para vivir y trabajar permanentemente en Estados Unidos.
En la mayoría de casos, un patrocinador (empleador o familiar) es el que solicita la residencia permanente o tarjeta verde (green card) en favor de otra persona.

Procesos para pedir la tarjeta verde

Existen varias maneras para solicitar la tarjeta verde, incluyendo la lotería de visas de diversidad que no requieren de un patrocinador y son sorteadas por el Departamento de Estado de EE. UU.
El proceso para obtener la residencia permanente puede comúnmente empezar a través de:
Sin embargo, también hay otras modalidades para pedir la tarjeta verde, siempre y cuando cumpla con los requisitos de solicitud. Cuando el Servicio de Ciudadanía e Inmigración recibe y aprueba una solicitud, el Departamento de Estado se encarga de seguir el proceso de la visa de inmigrante. Por lo tanto, también puede comunicarse con la Oficina de Servicios de Visas del Departamento de Estado. Si se encuentra fuera de Estados Unidos, puede comunicarse con un consulado o embajada de EE. UU.

Renovar o reemplazar la tarjeta verde

Usted puede consultar con el Servicio de Ciudadanía e Inmigración para obtener mayor información sobre la tarjeta verde. También puede averiguar el estatus de su caso (seleccione español) por Internet y descargar gratis los formularios de inmigración con sus instrucciones correspondientes.

Lotería de visas de inmigrante

Anualmente el Gobierno otorga 50,000 visas de diversidad para permitir la residencia permanente a personas provenientes de países con un bajo índice migratorio a Estados Unidos. El Programa de Visados de Diversificación de Inmigrante es conocido como la "lotería de visas".

Requisitos de elegibilidad

  • Debe ser ciudadano de un país elegible. Para que usted pueda participar, no deben haber inmigrado más de 50,000 personas de su país a Estados Unidos en los últimos cinco años. Para saber si es elegible, cada año el Departamento de Estado publica una lista con los países elegibles y no elegibles. Por lo tanto, esta lista puede cambiar de año a año. Vea las instrucciones de la lotería en curso para acceder a la lista de países. Actulamente, las instrucciones más recientes son de la lotería de 2017 (PDF, descargar Adobe Reader), para la cual ya hay resultados de presonas elegidas.
  • Debe cumplir con el requisito de educación y/o experiencia laboral. Se piden 12 años completos y satisfactorios de educación primaria y secundaria, su equivalente o al menos dos años cumplidos de experiencia laboral dentro de los últimos cinco años en una ocupación elegible. Para mayor información, lea las instrucciones del Programa de Visados de Diversificación de Inmigrantes.

Fechas para participar en la lotería

El periodo abierto de la lotería ocurre una vez al año, usualmente durante 4 a 5 semanas, en la época de otoño. Actualmente, el periodo de inscripción está cerrado y no se aceptan entradas al sorteo hasta nuevo aviso.
Visite el sitio web del Departamento de Estado para chequear la próxima fecha de la lotería de visas (en inglés).

Solicitud para participar

  • Una vez disponible al público, usted puede completar la solicitud en línea (en inglés).
  • La solicitud no tiene costo y todo el proceso se da única y exclusivamente a través del sitio web del Departamento de Estado.
  • Solo se permite presentar una solicitud por persona.

Resultados de la lotería

Nota: ninguna oficina del Gobierno le enviará una carta o e-mail para avisarle si fue elegido en la lotería de visas. Consulte las advertencia de fraude.
Usted necesita tener el número de confirmación que obtuvo al inscribirse a la lotería. Si necesita recuperar su número, llene el formulario en línea (en inglés) para obtenerlo.
Resultados de 2016. Estos son los resultados para quienes se inscribieron en la lotería en el 2014. Usted puede chequear su resultado hasta el 30 de septiembre de 2016 (en inglés).
Si fue una persona elegida, puede seguir el proceso para obtener la residencia permanente y, de cumplir con todos los requisitos y recibir su tarjeta verde, se puede radicar en EE. UU. a partir de 2016.
Resultados de 2017. Estos son los resultados para quienes se inscribieron en la lotería en el 2015. Puede chequear su resultado hasta el 30 de septiembre de 2017 (en inglés).

Ganadores o personas elegidas en la lotería

Si usted fue elegido en la lotería, puede presentar una solicitud para la residencia permanente (tarjeta verde) usando el formulario DS-260 y empezar a prepararse para su entrevista.
Si tiene alguna pregunta sobre su entrevista, llame al Centro Consular de Kentucky, 1-606-526-7500 , de 7:30 AM a 4:00 PM ET.

Cuidado con los estafadores

Para evitar estafas vinculadas al sorteo de visas recuerde que:
  • El ingreso a la lotería de visas es gratuito.
  • La solicitud no se vende y no se puede descargar porque cada aplicación es electrónica.
  • El Gobierno no le enviará un e-mail o correo postal para indicarle si fue una persona elegida en el sorteo. Usted mismo tiene que chequear su resultado con el número de confirmación que reciba al presentar su solicitud.
  • El Gobierno opera la lotería de visas de manera exclusiva, sin contratar a terceros.
  • El Gobierno nunca le pedirá un pago por adelantado para darle la visa. Desconfíe de los estafadores que le pidan transferencias de dinero, giros o cheques para realizar un pago.

Cómo solicitar la residencia para un familiar

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS, sigla en inglés) atiende los pedidos de ciudadanos y residentes estadounidenses que solicitan la residencia permanente (tarjeta verde) para familiares directos o familiares.
Los familiares directos de un ciudadano estadounidense incluyen:
  • Hijos/hijas solteros menores de 21 años
  • Cónyuges
  • Padre/madre de un ciudadano mayor de 21 años
Los familiares de un ciudadano estadounidense incluyen:
  • Hijos/hijas solteros mayores de 21 años
  • Hijos casados de cualquier edad
  • Hermanos/hermanas de por lo menos 21 años de edad
Los familiares de un residente permanente incluyen:
  • Cónyuges
  • Hijos solteros del residente permanente
Para solicitar la residencia permanente para un familiar, llene el formulario I-130. Debe presentar un formulario por separado para cada pariente.
Casos especiales de familia
En casos especiales el familiar directo puede solicitar la visa sin el conocimiento del ciudadano estadounidense con quien tiene parentesco si:
  • Es un(a) hijo(a) o cónyuge maltratado(a) de un ciudadano estadounidense
  • Entró a Estados Unidos con una visa K como prometido(a) o cónyuge de un ciudadano estadounidense o como hijo(a) acompañante
  • Obtuvo una visa V para no-inmigrantes
  • Es el/la viudo(a) de un ciudadano de Estados Unidos
  • Su padre/madre fue diplomático en Estados Unidos cuando usted nació
Obtenga más información sobre cómo obtener la tarjeta verde a través de la familia.

Residencia permanente a través del estatus de refugiado o asilado

Usted puede solicitar la residencia permanente como asilado o refugiado si:
  • Ingresó a Estados Unidos como refugiado
  • Ingresó a Estados Unidos como familiar cualificado de un asilado
  • Su asilo fue concedido en Estados Unidos
Consulte la sección de “Programas Humanitarios” para obtener más información sobre cómo solicitar un estatus de refugiado o asilado.

Visas de inmigrante para trabajar en Estados Unidos

Si usted desea trabajar permanentemente en Estados Unidos, deberá cumplir con los requisitos para solicitar una visa de inmigrante en una de las siguientes categorías de preferencia:
  • EB-1. Para personas con aptitudes extraordinarias en ciencias, artes, educación, negocios, deportes, etc.
  • EB-2. Para profesionales con títulos de posgrado, o personas con aptitudes excepcionales en artes, ciencias o negocios.
  • EB-3. Para profesionales, trabajadores especializados y otros.
  • EB-4. Para inmigrantes especiales, ciertos trabajadores religiosos, empleados de puestos del servicio exterior de Estados Unidos, personal jubilado de organizaciones internacionales, extranjeros menores protegidos por tribunales de Estados Unidos y otros casos de extranjeros.
  • EB-5. Para inversionistas de negocio que inviertan $1 millón o $500,000 y que cumplan con ciertos requisitos de inversión.
Nota: algunas categorías de preferencia requieren una certificación laboral (en inglés) antes de presentar su solicitud de visa.

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