He perdido mi tarjeta de residente permanente. Me dicen que inmigración cobra $450 para reemplazarla y que el proceso demora hasta nueve meses. Necesito trabajar y tengo mi número de extranjero y tarjeta de seguro social. ¿Podría conseguir algún tipo de permiso de trabajo mientras me llega mi nueva tarjeta de residente? ¿Qué tengo que hacer para que inmigración me mande la tarjeta rápidamente? –Ana A.
Ana, como residente permanente de los Estados Unidos, tienes autorización para trabajar, pero está en tí presentarle a un empleador la documentación necesaria para comprobar un estatus legal que te permite trabajar en el país.
Aunque perdiste tu tarjeta verde o “green card”, es posible que puedas conseguir un empleo mientras esperas el reemplazo de tu tarjeta de residente permanente.
No existe otro permiso de trabajo para tí porque ya eres residente permanente.
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS, siglas en inglés) no otorga permisos de trabajo a residentes permanentes de Estados Unidos porque estas personas están autorizadas para trabajar automáticamente.
A continuación, detallo lo que debes hacer.
Reemplazo de tarjeta de residente permanente
Tendrás que llenar y presentar el Formulario I-90, Solicitud para Reemplazar la Tarjeta de Residente Permanente, por correo o en línea lo más pronto posible.
Si estás atravesando dificultades económicas o tienes escasos recursos, puedes solicitar una exención de pago de la cuota de $450 para hacer el trámite que cobra USCIS. Tendrás que hacer el trámite por correo si solicitas una exención de pago.
Tiempos de procesamiento
El Centro Nacional de Beneficios de USCIS se encarga de revisar solicitudes de reemplazo de tarjetas de residente permanente. Actualmente, se están procesando casos presentados antes del 2 de enero del 2016. En otras palabras, tal como te lo indicaron, hay una espera de aproximadamente 9 meses.USCIS podría acelerar el procesamiento de tu caso si demuestras que sufrirás una pérdida financiera severa, que tienes una situación de emergencia severa o por razones humanitarias, entre otros criterios de procesamiento acelerado de USCIS.
Autorización de empleo
Además de una tarjeta de residente permanente de Estados Unidos, el USCIS permite que un residente permanente presente a un empleador diferentes clases de documentos para demostrar su identidad y autorización de empleo.Según el Formulario I-9, Verificación de Elegibilidad de Empleo, estos son algunos documentos aceptados:
- Un recibo de USCIS que demuestre que solicitaste el reemplazo de tu tarjeta de residente permanente. Pero tendrás que presentar el documento real dentro de los 90 días desde la fecha de contratación.
- Una tarjeta con el número de Seguro Social, a menos que la tarjeta tenga una de las siguientes restricciones:
- NOT VALID FOR EMPLOYMENT (No válida para empleo).
- VALID FOR WORK AUTHORIZATION ONLY WITH INS AUTHORIZATION (Válida para trabajar solamente con autorización del INS)
- VALID FOR WORK ONLY WITH DHS AUTHORIZATION (Válida para trabajar solamente con autorización del DHS)
- Una licencia de conducir o una tarjeta de identidad emitida por un estado o por un territorio no incorporado de los Estados Unidos, siempre y cuando incluya una fotografía y el nombre, fecha de nacimiento, sexo, altura, color de los ojos y dirección de la persona.
- Una tarjeta de identidad emitida por agencias o entidades gubernamentales federales, estatales o locales, siempre y cuando incluya una fotografía y el nombre, fecha de nacimiento, sexo, altura, color de los ojos y dirección de la persona.
- Una tarjeta de identidad escolar con una fotografía.
Por favor consulten con un abogado de inmigración o un representante acreditado por el gobierno federal antes de comenzar cualquier trámite migratorio.
Para más información y consejos de inmigración, lea mi blog InmigracionHoy.com.
Envíe sus preguntas a preguntas@consultamigratoria.com. Incluya información detallada sobre su situación para mejor responder sus preguntas.
El Dr. Nelson A. Castillo es abogado de inmigración y autor de La Tarjeta Verde: Cómo obtener la residencia permanente en los Estados Unidos y presentador de segmentos televisivos de inmigración de El Abogado a Tu Lado en NY1 Noticias. Es ex Presidente de la Asociación Nacional de Abogados Hispanos y del Concejo Vecinal del Sur de Westlake de la Ciudad de Los Ángeles. Para información sobre como consultar con el Dr. Castillo, haga clic aquí.
El propósito de esta columna es brindar información general. No se puede garantizar ni predecir cual será el resultado de la información presentada por el Dr. Nelson A. Castillo. La información no se debe tomar como un consejo legal para algún individuo, caso o situación. Esta columna podría ser considerada un anuncio por los Reglamentos de Conducta Profesional de abogados de varios estados, incluyendo en California y Nueva York. Consulte con un abogado de inmigración para recibir asesoría legal personalizada antes de comenzar cualquier trámite migratorio.
Fuente: http://www.laopinion.com/2016/08/24/puedo-trabajar-si-perdi-mi-tarjeta-de-residente-permanente/
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