En este blog podrás encontrar temas e informaciones que se relacionen a tu estatus migratorio.

miércoles, 31 de agosto de 2016

A qué familiares puede pedir los papeles un ciudadano americano


Una familia latina conformada por los papás y dos niñas. - Jammie Gillbrand. Getty Images.
Jammie Gillbrand. Getty Images.


Algunos ciudadanos pueden estar descalificados para pedir los papeles para sus familiares si han sido condenados por delitos contra menores de contenido sexual (Ley Adam Walsh). Si ese no es el caso, seguir leyendo el artículo. Pero si en el pasado hubo algún problema de esa naturaleza debe informarse sobre los pasos a seguir en este enlace: ciudadanos pueden estar descalificados para pedir los papeles
    Familiares inmediatos y no inmediatos (algunos hijos no son inmediatos)
La ley establece una diferencia fundamental entre familiares inmediatos y los que no tienen esa categoría. Es muy importante entender esta distinción. Y lo que para Inmigración eso significa es muy distinto de lo que se entiende en lenguaje normal.
 
La primera parte de este artículo está dedicada a los que la ley de inmigración considera como familiares inmediatos y la segunda parte a los otros. Además, información importante para los casos en los que un ciudadano pide a un familiar que está en EEUU como indocumentado. Hay una gran diferencia entre los familiares no inmediatos y los inmediatos, y dentro de este grupo, entre los que entraron legalmente y los que ingresaron al país cruzando ilegalmente la frontera.

¿Quiénes son familiares inmediatos de un ciudadano?

Sólo y exclusivamente los siguientes:
esposo/a. Tanto matrimonios de hombre y mujer como de dos hombres o de dos mujeres. Aquí puedes encontrar toda la información sobre cómo obtener la residencia por matrimonio y además un paso a paso de todos los documentos y tramitación para el caso específico en el que el esposo extranjero radica fuera de EEUU.
 
Y aquí si ya está presente en Estados Unidos y puede ajustar su estatus este es el procedimiento a seguir.
Por último, si durante el proceso el cónyuge estadounidense fallece, el viudo podría seguir siendo considerado como familiar inmediato y continuar con la tramitación, siempre que se cumplan los requisitos.

hijos/as biológicos o adoptados, que sean solteros menores de 21 años. En los formularios de Inmigración se refieren a ellos como "child".
Padre y madre. En el caso de padres que no reconocieron (legitimizar) a sus hijos en el momento de nacimiento también podría ser posible.También se puede pedir como familiar inmediato a padres adoptivos, padrastros y madrastras, cumpliendo con requisitos especiales. Estos son los plazos de demora actuales para esta tramitación.
A tener en cuenta en las peticiones de familiares inmediatos de un ciudadano
  • El tiempo de espera por la tarjeta de residencia es el que lleve la tramitación. No hay límite en el número de residencias que se pueden aprobar anualmente por esta causa.
  • Para pedir al padre o a la madre el hijo ciudadano tiene que tener ya los 21 años cumplidos. Infórmate sobre qué derechos migratorios se tiene por ser padre o madre de un estadounidense.
  • Si se cumplen los requisitos, los hijastros podrían entrar en la categoría de hijos solteros menores de 21 años.
  • Si un ciudadano presenta la petición para un hijo soltero antes de que éste alcance los 21 años y la finalización de la tramitación tiene lugar cuando ya se ha cumplido esa edad es posible que el muchacho pueda emigrar porque se "congela su edad". Esta situación sólo se da en circunstancias muy concretas -no a todos los casos de jóvenes para los que se piden los papeles. Estas son las reglas para entender la importancia de la edad en las peticiones de la green card.

¿Quiénes son los familiares de los ciudadanos que no entran en la categoría de inmediatos pero para los que también se puede pedir los papeles?

  • hijos solteros mayores de 21 años. Es lo que se conoce en inmigración como categoría F1.
  • hijos casados de cualquier edad. Es lo que recibe el nombre de categoría F3
  • hermanos de cualquier edad, solteros y casados. Es lo que se conoce como categoría F4. Dentro de hermanos se entiende a los biológicos, a los que lo son por adopción, a los hermanastros que tienen sólo un progenitor en común y, cumpliendo con unos requisitos, también los hijos del padrastro o los de la madrastra. No es necesario tener los mismos apellidos, ya que la relación se va a probar de otra manera. Estos son los 10 pasos para pedir los papeles para un hermano.
Características que debes saber sobre estas peticiones de familiares no inmediatos
  • Hay un límite anual en el número de tarjetas de residencia que se pueden aprobar en cada categoría. Y como el número de peticiones es mucho más grande que el de tarjetas que se pueden dar se produce un gran retraso.
  • Para poder solicitar los papeles para un hermano, el ciudadano tiene que haber cumplido los 21 años.
  • Cuando se trata de un familiar no inmediato se pueden incluir a varias personas en la misma petición. Por ejemplo, se pide un hermano, pues en la misma petición a su esposa y a sus hijos solteros menores de 21 años.
  • Las peticiones de familiares no inmediatos toman muchos años. Primero hay que esperar que aprueben el I-130, y puede tomar varios años. Y una vez que se notifica todavía hay otra espera, que suele ser todavía más grande. Lo que pasa es que se está esperando a que haya una visa de inmigrante disponible y se distribuyen por estricto orden de petición (ver lo que se conoce como fecha de prioridad).
  • Cada mes el Departamento de Estado actualiza lo que se conoce como boletín de visas (si tienes curiosidad, haz click en ese enlace y verifica qué fecha de corte tienen las peticiones que entrar ahora en su fase final de tramitación).
  • Cuando un ciudadano pide a una persona en una de estas categorías, puede incluir al cónyuge del pedido y a sus hijos solteros menores de 21 años. Si los hijos alcanzan esa edad mientras dura la espera, no podrán emigrar. Aquí no se "congela la edad".
  • Por ejemplo, si un ciudadano pide a su hermana que está casada y tiene dos hijos, en el momento en que llega la entrevista en el consulado y la decisión final el marido y los hijos de la hermana del ciudadano sólo recibirán la visa de inmigrante si: la hermana puede emigrar (es admisible), si los esposos continúan casados y si los hijos siguen siendo solteros y menores de 21 años.
  • Si se hace una petición para un hijo soltero mayor de 21 años y durante el tiempo de espera se casa, hay que notificar por carta a Inmigración. Pasa de ser un F1 a ser un F3.
  • Si la petición es para un hijo soltero mayor de 21 años que tiene hijos, estos se pueden incluir en la petición. Pero en el momento en que la visa de inmigrante se aprueba NO se puede pedir que incluyan a la novia del hijo, que es la madre de los niños. La novia no puede emigrar, por muy madre que sea, y por mucho que los niños la vayan a echar de menos. La solución es casarse y el nuevo residente deberá iniciar el proceso de pedir como esposa a la madre de sus hijos. (O haberse casado antes y pasar a ser un F3). OJO, que este caso es muy distinto al siguiente porque implica un cambio de categoría.
  • Follow-to-join benefits. La espera por la tarjeta de residencia es muy larga. Cuando en la familia del pedido crece sin eso implicar un cambio de categoría es posible pedir al Centro Nacional de Visas o al Consulado beneficios para los nuevos miembros de la familia. Por ejemplo, un ciudadano americano pide a una hermana que está soltera. Pasan los años y cuando llega el momento de la entrevista en el consulado para la green card la hermana está casada y tiene hijos. En ese momento puede pedir que se le extiendan los beneficios al marido y a los niños. No tendrá que aplicar con un formulario I-130 ni habrá que esperar a que haya una visa de inmigrante disponible.

Aclaraciones específicas para el caso de familiares de ciudadanos que está como indocumentados en Estados Unidos

  • Si se trata de un familiar inmediato que entró legalmente podría ajustar su estatus. Es decir, obtener la residencia sin necesidad de salir de EEUU.
  • Si es un familiar inmediato que entró ilegalmente cruzando la frontera no va a poder ajustar el estatus, excepto en los casos ya raros por antiguos de peticiones bajo lo que se conoce como 245 (i). Y si tienen que salir podrían tener que esperar muchos años porque les aplica el castigo de los tres y diez años.
Es decir, los esposos, padres e hijos solteros menores de 21 años de ciudadanos americanos que entraron a EEUU ilegalmente no pueden ajustar su estatus. Tienen que salir de EEUU para obtener la residencia y al salir podrían quedarse fuera por hasta diez años.
En estos casos, antes de enviar los papeles a Inmigración consultar con un abogado y enterarse de si es posible aplicar para un perdón y de si se podría calificar para uno por dureza extrema para familiares inmediatos de ciudadanos.
  • Los familiares no inmediatos que están como indocumentados en EEUU no pueden ajustar su estatus. No importa si entraron cruzando la frontera o legalmente. La única excepción son casos ya antiguos del 245 (i).
Es decir, tienen que salir de Estados Unidos e ir a través de lo que se conoce como procedimiento consular. El problema con esto es que una vez que salen puede saltar la aplicación del castigo de los tres y diez años y podrían no poder regresar por esos años. Por lo que antes de enviar la petición de green card para un familiar no inmediato que está en EEUU como indocumentado los ciudadanos americanos deberían consultar con un abogado.

Residencia permanente para prometido/a

Por último, se puede solicitar una visa K-1 de prometido (fiancé) para el novio/a de un ciudadano. La boda debe realizarse en el plazo máximo de 90 días a contar desde el día en el que el la persona extranjera entró en EEUU. También se puede solicitar una K-2 para los hijos del prometido.
Tras el matrimonio deberá pedirse un ajuste de estatus para convertirse en residente permanente.
Un caso diferente es el del novio/a extranjero que sólo desea ingresar a Estados Unidos para visitar a su enamorado, pero la intención no es casarse. En este caso, la visa es distinta.
Familiares que no pueden obtener la green card
No se puede solicitar la residencia para otros familiares como tíos, sobrinos, nietos, primos o abuelos ni padrinos.
Por ejemplo, es un error considerar que un ciudadano americano pidió a su hija y a sus nietos. Sólo pidió a la hija, y en la petición se incluyó a los hijos de esta, pero los nietos no tienen una petición independiente. Y esto puede tener una gran importancia legal. Por ejemplo, si en el momento en que por fin se acabó la espera y la hija puede obtener la tarjeta de residencia sus hijos se han casado o/y han cumplido los 21 años de edad, entonces los muchachos no pueden emigrar.

A tener muy en cuenta

Ser el familiar inmediato de un ciudadano no garantiza la obtención de la tarjeta de residencia. Es necesario que se cumplan con otros requisitos, como que el solicitante tiene recursos económicos suficientes para patrocinar y que no hay nada en el pasado del familiar para el que se piden los papeles que lo convierta en inadmisible.
Esto es, que no pueda recibir la tarjeta de residencia y estas son 42 causas para ello.
Finalmente, toda persona que desea emigrar a Estados Unidos debería tomarse un par de minutos e informarse de puntos legales, migratorios y sociales fundamentales. Unos minutos pueden salvar, más tarde, muchos disgustos y dinero intentando solucionar problemas que se han creado por mera ignorancia. La mejor arma que se tiene para ser exitoso es estar informado.

Fuente: about.com
Share:

Ley de Protección del Estado del Niño



(© colourbox)
La Ley de Protección del Estado del Niño (CSPA) fue promulgada con el fin de mantener a las familias inmigrantes unidas a pesar de los tiempos de espera basados en la familia y basados en el empleo que pueden ser hasta 22 años o más en alguos paises.

Antes de CSPA, una vez que el hijo cumplia 21 años de edad, ya no era elegible para emigrar (o ajustar su estatus) junto con su familia. CSPA elimina este problema por medio del “congelamiento de la edad” inmediatemente cuando los padres ciudadanos estadounidenses presentan una solicitud de visa en su nombre, o cuando un padre que es residente permanente se naturaliza, o cuando un hijo casado que ha sido solicitada por un padre ciudadano se divorcia o queda viudo.

CSPA también crea una fórmula matemática que permite que el tiempo que una petición estuvo pendiente sea restada de la edad del niño.

Ejemplo:
Bajo la Ley de Protección de la Edad del Menor (CSPA, por sus siglas en inglés) la regla es así: la edad biológica de la persona en el momento en que el número de visa esté disponible menos el número de años que la I-130 estuvo pendiente de aprobación por parte de Inmigración. El resultado de esta ecuación será la edad inmigratoria dela persona. Si ese resultado es menos de 21 años, podrá emigrar bajo su petición. La fecha de prioridad de la I-130 es la fecha en que usted presentó la petición.

CSPA es aplicable a la mayoría de personas que habían presentado solicitudes antes del 6 de agosto del 2002 y las personas que fueron patrocinadas para la residencia permanente después que la ley tomo efecto. Por lo tanto, se aplica a cientos de miles de personas.

Fuente: http://inmigracion-abogado.com/leydeprotecciondeestadodenino.html

 
Share:

martes, 30 de agosto de 2016

Documentos Requeridos para petición de visa de inmigrante aprobada


Los solicitantes con una petición de Visa de Inmigrante aprobada recibirán una notificación del Centro Nacional de Visas (NVC), El Centro Consular de Kentucky (KCC),o La Embajada de Estados Unidos en Santo Domingo, informándoles que su solicitud está lista para entrevistada en la Sección Consular de la Embajada Americana. Si su solicitud no ha sido aprobada por USCIS y enviada a la Sección Consular por el NVC, usted no podrá programar su cita para la entrevista.
Si la notificación enviada por el NVC, KCC, o la Sección Consular de la Embajada le indica fecha y hora de su entrevista en la Embajada, solo tendrá que programar una cita en el Centro de Atención de Visa (VAC) con no más de 10 días de anticipación a su cita en la Sección Consular. Si usted no visita el VAC antes de llegar a su cita en la Sección Consular, usted no podrá ser entrevistado(a).
Si su notificación del NVC, KCC o la Sección Consular de la Embajada le indica que debe programar ambas, su cita en el VAC y su cita para entrevistarse en la Sección Consular de la Embajada, usted deberá de programar ambas citas de acuerdo a la disponibilidad de las mismas.
Solicitantes de Visas de Inmigrantes deben de seguir los siguientes pasos para programar sus citas en el VAC y la Sección Consular de la Embajada de los Estados Unidos
Solicitantes de Visa K “de novios” deben de seguir estos pasos para programar sus citas en el VAC y en la Sección Consular de la Embajada de los Estados Unidos
Antes de su entrevista en la Embajada, debe obtener los siguientes documentos. Debe presentarlos en la Sección Consular el día de su entrevista. NO los envíe la Sección Consular antes de la entrevista, a menos que le sea requerido.
  • PASAPORTE: El pasaporte deberá estar válido para viajar a los Estados Unidos y deberá tener por lo menos seis (6) meses de validez con posterioridad a la fecha de la emisión de la visa.
  • CÉDULA: Todo solicitante de 16 años de edad o más DEBERÁ presentar una cédula de identidad personal el día de su cita.
  • PAGO: Si el pago de visa no ha sido realizado en los Estados Unidos, el solicitante necesita pagar la tarifa de US$325 (o el equivalente en pesos dominicanos) en la Sección Consular el día de la entrevista. Aceptamos pagos en efectivo en dólares o pesos, y tarjeta de crédito internacional. El pago debe hacerse todo de la misma forma. (Los solicitantes de Visa K “de Novios” pagarán la tarifa en el Banco Popular antes de poder hacer sus citas en el VAC y la Embajada.)
  • CERTIFICADO DE NACIMIENTO: Certificado de nacimiento original (in extensa y legalizado por la Junta Central Electoral) de cada solicitante y del peticionario. Se deberá presentar el certificado de nacimiento para todos los hijos menores de 21 años, aunque no soliciten visa con usted en este momento. Usted debe presentar el acta de nacimiento original., traducida al inglés, si el solicitante es de otro país. La fecha, lugar de nacimiento y el nombre de los padres debe aparecer en el certificado de nacimiento.
  • EVIDENCIAS DE VÍNCULO: Deberá presentar pruebas de que usted tiene una relación legítima con la persona que la(o) pide, tales como cartas, fotografías, facturas de teléfono, y/o cualquier otra evidencia que demuestre su relación. Si el peticionario es su padrastro/madrastra, deberá presentar una copia de ambos lados de la tarjeta de residencia (green card, en inglés) de su padre/madre biológico/a u otras evidencias de la relación matrimonial entre su padre/madre biológico/a y su padrastro/madrastra. Si la persona que lo pide es su esposo/a, le aconsejamos firmemente que esa persona lo acompañe a la entrevista.
  • ANTECEDENTES JUDICIALES Y PENALES: Las personas que hayan sido arrestadas por algún delito en cualquier país (incluyendo los Estados Unidos) o que tengan cualquier antecedente penal/judicial deberán presentar copias de TODOS los documentos relacionados con el caso, aunque luego se hayan beneficiado por una amnistía u otro acto de clemencia o aunque la persona haya sido declarada inocente o los cargos hayan sido retirados.
  • ANTECEDENTES MILITARES: Deberá obtener un certificado de sus antecedentes militares, si corresponde y es obtenible.
  • CERTIFICADO DE POLICÍA: Todo solicitante de 18 años de edad o más necesita un certificado de la “Procuraduría General de la República” por cada región del país de su nacionalidad o residencia actual donde el solicitante haya residido por lo menos seis (6) meses desde que cumpliera los 18 años de edad. El certificado de policía también es necesario para cualquier otro país (excepto los Estados Unidos) donde el solicitante haya residido durante 6 meses o más. Por favor consulte a http://travel.state.gov/content/visas/english/fees/reciprocity-by-country.html, si tiene preguntas acerca de los procedimientos para conseguir un certificado de policía.
  • EVIDENCIA DE SOLVENCIA ECONÓMICA: Deberá presentar un Formulario I-864 (Affidávit de Sostenimiento Bajo la Sección 213A del Acta) del peticionario, aunque él o ella no esté trabajando, con todos los documentos de respaldo. Si los ingresos del peticionario no son suficientes, usted deberá conseguir a otro fiador.
  • EXAMEN MÉDICO: Deberá seleccionar un panel médico, aprobado por la Embajada de los Estados Unidos, para realizar los exámenes médicos, tan pronto reciba la cita. Le recomendamos hacerse el examen, lo antes posible, para que los resultados puedan estar listos para su entrevista y así evite demora en su visado. Favor de visitar la siguiente página de internet para información general sobre el proceso de los exámenes médicos y las vacunas.
  • Todos los solicitantes, sin importar la edad, tienen que hacerse el examen médico.
  • TRADUCCIONES: Todos los documentos que no estén en español o en inglés deberán ser traducidos al inglés por un traductor certificado.
  • La Embajada de los Estados Unidos está ubicada en el sector de Arroyo Hondo, entre la avenida República de Colombia y la Carretera La Isabela. La dirección exacta es: Av. República de Colombia #57, Santo Domingo, República Dominicana. La entrada a la Sección Consular es por la Avenida República de Colombia.
 
  • CERTIFICADO DE MATRIMONIO: Si usted está o estuvo casado/a anteriormente, deberá presentar el original (in extensa y legalizada por la Junta Central Electoral) de su certificado de matrimonio. También se deberán presentar pruebas de la terminación de cualquier matrimonio anterior, por ejemplo, certificado de defunción, certificado de divorcio (legalizados e in extensos) o anulación del matrimonio. Los mismos requisitos se aplican al peticionario.
NOTA IMPORTANTE #1: El oficial consular no puede decidir si le otorgará o no la visa de residencia hasta que usted solicite formalmente y sea entrevistado. Por lo tanto, le aconsejamos firmemente NO comprar boletos aéreos no reembolsables o realizar otros planes de viaje hasta que usted reciba su visa.
NOTA IMPORTANTE #2: Debido a la falta de espacio, solamente se les permite la entrada al recinto de la Sección Consular a los solicitantes y a la persona que lo/los pide. Sin embargo, los niños menores de 18 años pueden ser acompañados por uno de sus padres o por un tutor. Los niños menores de 13 años no tienen que venir a la entrevista a menos que sean los beneficiarios de su propia petición (por ejemplo, si es un niño de 13 años de edad o menos quién está solicitando una visa de residencia IR-2 es necesario que venga a la entrevista).
PREGUNTAS? Visite http://www.ustraveldocs.com/do_es para obtener más información acerca del proceso de citas. También puede escribirnos a support-dominicanrepublic@ustraveldocs.com o llámenos al (829) 956-5144 desde la Republica Dominicana, o al (703) 988-3410 desde los Estados Unidos con cualquier pregunta.

Fuente: http://spanish.santodomingo.usembassy.gov/iv-documentos_requeridos.html
Share:

Enlaces de Inmigración


Para su conveniencia, hemos incluído enlaces a diferentes páginas de Internet sobre la inmigración.



Para su conveniencia, tambien hemos incluído enlaces a diferentes páginas de Internet en español que pueden ser de interés para el nuevo inmigrante.


Fuente: http://spanish.santodomingo.usembassy.gov/enlaces_migracion.html
Share:

Cómo Iniciar el Proceso de Visa de Residencia

¿Qué es una visa de residencia?

Una visa de residencia es un documento emitido por un oficial consular de los Estados Unidos en el exterior, que le permite viajar a dicho país y solicitar admisión como residente legal permanente (LPR). Un inspector de inmigración de Aduanas y Protección Fronteriza de los Estados Unidos del Departamento de Seguridad Nacional tomará la decisión final acerca de su admisión como LPR. Tan pronto usted sea admitido como LPR, usted normalmente tendrá el derecho de vivir y trabajar en los Estados Unidos permanentemente.
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos del Departamento de Seguridad Nacional le enviará su tarjeta de residente permanente (conocida comúnmente como “green card”) a su nueva dirección en los Estados Unidos, normalmente dentro de los tres meses a partir de la fecha de su entrada a los Estados Unidos. Por favor ver 22 CFR 42.11 (PDF 112 Kb) para un listado de símbolos de clasificación y una breve descripción de cada uno de los mismos.
¿Cuáles son los pasos básicos para obtener una visa de residencia?
 
Existen tres métodos básicos para obtener una visa de residencia:
 1) a través de una relación familiar con un ciudadano estadounidense o residente legal permanente, 2) a través de un contrato de trabajo.
 3) a través del Programa de Diversidad de Visas de Residencia (lotería de visas). La mayoría de los solicitantes en la República Dominicana obtienen sus visas de residencia por medio de un familiar.

¿Cómo inicio el proceso para obtener mi visa de residencia?
 
El primer paso para obtener una visa de residencia con base en una relación familiar es que su familiar (el peticionario) diligencie un Formulario I-130 (Petición para Familiar Extranjero) ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) del Departamento de Seguridad Nacional. Su familiar generalmente deberá enviar la petición por correo al Centro de Servicio de USCIS en los Estados Unidos que tenga jurisdicción sobre su lugar de residencia. Una vez su familiar haya diligenciado una petición a su favor, usted puede verificar el estado de su caso a través de la Página de Búsqueda de Estado de Caso de USCIS.

De igual manera, usted puede solicitar una visa de residencia por medio de un empleo. Mayor información sobre cómo obtener una visa de residencia a través de un empleo en lugar de ser pedido por un familiar, se encuentra disponible a través de USCIS.

Por favor ver las Instrucciones Sobre el Programa de Diversidad de Visas de Residencia de 2015 (DV-2015) para obtener mayor información sobre la lotería de visas. Tenga en cuenta que las personas con nacionalidad dominicana no califican como solicitantes principales en el Programa de Diversidad de Visas de Residencia

¿Qué documentos son requeridos para mi entrevista en la Sección Consular?
A fin de prepararse para su entrevista con un oficial consular, por favor lea y siga cuidadosamente las siguientes instrucciones sobre su cita de visa de residencia.

Fuente: http://spanish.santodomingo.usembassy.gov/iv-faq-process-s.html
Share:

Formularios para visa no-inmigrante y para inmigrantes

 
Visa Application Forms

Note: This Web site contains PDF documents that require Adobe Acrobat for viewing. Download Acrobat Reader here!

Nonimmigrant Visa Applications

NOTE: K visa applicants applying at U.S. Consulate General Montreal have different application form requirements. Review information on the U.S. Consulate General Montreal website to learn which forms you must complete. K visa applicants applying at all other locations must complete Form DS-156.

Immigrant Visa Applications

Other Visa Forms

Poverty Guidelines: I-864P
For forms I-864, I-864A, I-864W, or I-864EZ, select Affidavit of Support Forms, to download these USCIS forms.
Important Note: The NVC cannot accept Form I-134 for immigrant visa processing. The NVC only accepts the appropriate I-864 form(s) listed above.
If you are looking for all other forms that begin with "I" (such as I-130, I-539, etc), these forms come from the U.S. Citizenship and Immigration Services (USCIS) in the Department of Homeland Security. You may download them from the USCIS forms page.
 
Share:

Predicción boletin octubre 2016

                                 


US Dept of State Family-Sponsored Visa Bulletin for September 2016All Charge-ability Areas Except Those Listed

Family-Sponsored
Feb 2016
Mar 2016
Apr 2016
May 2016
Jun 2016
Jul 2016
Aug 2016
Sep 2016
October 2016 Prediction
FB1
2008-07-08
2008-08-08
2008-09-22
2008-11-22
2009-01-15
2009-03-22
2009-05-22
2009-09-15
2009-11-16
FB2a
2014-09-01
2014-09-22
2014-10-22
2014-11-01
2014-11-08
2014-11-15
2014-11-15
2014-11-15
2014-11-19
FB2b
2009-05-15
2009-05-22
2009-06-15
2009-09-01
2009-10-22
2009-12-08
2010-01-08
2010-02-01
2010-03-16
FB3
2004-10-01
2004-10-15
2004-11-22
2004-12-01
2004-12-01
2004-12-01
2004-12-01
2004-12-01
2004-12-01
FB4
2003-06-08
2003-07-01
2003-07-22
2003-07-22
2003-08-08
2003-09-08
2003-09-15
2003-10-08
2003-10-23

 

Mainland China

Family-Sponsored
Feb 2016
Mar 2016
Apr 2016
May 2016
Jun 2016
Jul 2016
Aug 2016
Sep 2016
October 2016 Prediction
FB1
2008-07-08
2008-08-08
2008-09-22
2008-11-22
2009-01-15
2009-03-22
2009-05-22
2009-09-15
2009-11-16
FB2a
2014-09-01
2014-09-22
2014-10-22
2014-11-01
2014-11-08
2014-11-15
2014-11-15
2014-11-15
2014-11-19
FB2b
2009-05-15
2009-05-22
2009-06-15
2009-09-01
2009-10-22
2009-12-08
2010-01-08
2010-02-01
2010-03-16
FB3
2004-10-01
2004-10-15
2004-11-22
2004-12-01
2004-12-01
2004-12-01
2004-12-01
2004-12-01
2004-12-01
FB4
2003-06-08
2003-07-01
2003-07-22
2003-07-22
2003-01-01 *
2003-01-01
2003-01-01
2003-01-01
2003-01-01

 

India

Family-Sponsored
Feb 2016
Mar 2016
Apr 2016
May 2016
Jun 2016
Jul 2016
Aug 2016
Sep 2016
October 2016 Prediction
FB1
2008-07-08
2008-08-08
2008-09-22
2008-11-22
2009-01-15
2009-03-22
2009-05-22
2009-09-15
2009-11-16
FB2a
2014-09-01
2014-09-22
2014-10-22
2014-11-01
2014-11-08
2014-11-15
2014-11-15
2014-11-15
2014-11-19
FB2b
2009-05-15
2009-05-22
2009-06-15
2009-09-01
2009-10-22
2009-12-08
2010-01-08
2010-02-01
2010-03-16
FB3
2004-10-01
2004-10-15
2004-11-22
2004-12-01
2004-12-01
2004-12-01
2004-12-01
2004-12-01
2004-12-01
FB4
2003-06-08
2003-07-01
2003-07-22
2003-07-22
2001-01-01 *
2001-01-01
2001-01-01
2001-01-01
2001-01-01

 

Mexico

Family-Sponsored
Feb 2016
Mar 2016
Apr 2016
May 2016
Jun 2016
Jul 2016
Aug 2016
Sep 2016
October 2016 Prediction
FB1
1995-01-01
1995-01-08
1995-01-22
1995-02-08
1995-02-22
1995-03-08
1995-03-08
1995-03-22
1995-04-05
FB2a
2014-06-08
2014-06-15
2014-07-22
2014-08-15
2014-09-01
2014-09-01
2014-09-01
2014-09-01
2014-09-06
FB2b
1995-09-08
1995-09-08
1995-09-08
1995-09-08
1995-09-08
1995-09-08
1995-09-08
1995-09-15
1995-09-15
FB3
1994-09-08
1994-09-15
1994-10-01
1994-10-08
1994-10-22
1994-10-22
1994-10-22
1994-11-15
1994-11-22
FB4
1997-04-01
1997-04-01
1997-04-08
1997-04-08
1997-04-15
1997-04-15
1997-04-15
1997-04-22
1997-04-24

 

Philippines

Family-Sponsored
Feb 2016
Mar 2016
Apr 2016
May 2016
Jun 2016
Jul 2016
Aug 2016
Sep 2016
October 2016 Prediction
FB1
2003-11-01
2004-04-01
2004-07-01
2004-10-01
2004-12-22
2005-02-01
2005-03-22
2005-07-01
2005-09-13
FB2a
2014-09-01
2014-09-22
2014-10-22
2014-11-01
2014-11-08
2014-11-15
2014-11-15
2014-11-15
2014-11-19
FB2b
2005-02-01
2005-03-01
2005-04-01
2005-05-01
2005-06-01
2005-07-01
2005-09-15
2005-12-01
2006-01-15
FB3
1993-11-22
1993-12-08
1993-12-22
1994-01-22
1994-02-01
1994-03-01
1994-03-15
1994-06-15
1994-07-09
FB4
1992-08-08
1992-08-15
1992-09-01
1992-10-01
1992-12-01
1993-01-01
1993-02-01
1993-03-01
1993-03-31

 

* Note: Dates in red indicate that priority went backwards instead of forwards which is known as retrogression. This is caused when the Department of State finds that the number of visas available is running out faster than originally estimated. The date is moved backward to show a more accurate picture of the visa backlog.
FAMILY-SPONSORED PREFERENCE DEFINITIONS

First: (FB1) Unmarried Sons and Daughters of U.S. Citizens: 23,400 plus any numbers not required for fourth preference.

Second: Spouses and Children, and Unmarried Sons and Daughters of Permanent Residents: 114,200, plus the number (if any) by which the worldwide family preference level exceeds 226,000, plus any unused first preference numbers:

---- A. (FB2A) Spouses and Children of Permanent Residents: 77% of the overall second preference limitation, of which 75% are exempt from the per-country limit;
---- B. (FB2B) Unmarried Sons and Daughters (21 years of age or older) of Permanent Residents: 23% of the overall second preference limitation.

Third: (FB3) Married Sons and Daughters of U.S. Citizens: 23,400, plus any numbers not required by first and second preferences.

Fourth: (FB4) Brothers and Sisters of Adult U.S. Citizens: 65,000, plus any numbers not required by first three preferences.

 Fuente: Visa Journey
Share: