En este blog podrás encontrar temas e informaciones que se relacionen a tu estatus migratorio.

viernes, 7 de octubre de 2016

Procedimiento de Solicitud para Traer Padres a Vivir a los Estados Unidos


La información a continuación es para ciudadanos estadounidenses que quieran patrocinar a sus padres para que vivan permanentemente en los Estados Unidos. Solamente ciudadanos estadounidenses son elegibles para solicitar sus padres. Un ciudadano estadounidense debe tener por lo menos 21 años de edad para poder pedir un padre.

 Los residentes permanentes legales NO pueden solicitar a sus padres.

 La documentación a presentar con la solicitud varía dependiendo de las características de la relación entre el solicitante y el padre/madre. A continuación presentamos las diferentes opciones:

Madre

Si quiere traer a su madre a vivir a los Estados Unidos, usted debe entregar la siguiente documentación al USCIS (Servicio Estadounidense de Ciudadanía e Inmigración). Tenga en cuenta que si usted ha sido adoptado legalmente, usted no puede pedir a su madre de nacimiento.

 •Formulario I-130, Petition for Alien Relative (Solicitud de Familiar Extranjero). Si usted quiere solicitar a ambos padres, debe diligenciar un formulario separado por cada uno.

 •Una copia de su certificado de nacimiento que muestre su nombre y el nombre de su madre.

 •Si su nombre o el nombre de su madre es diferente ahora a lo que dice en su certificado de nacimiento, usted debe proveer evidencia del cambio legal de nombre.

•Si usted no nació en los Estados Unidos, debe proveer o una copia de su pasaporte estadounidense o una copia de su Certificado de Naturalización o Ciudadanía.

Padre, si usted es hijo de matrimonio

Si usted quiere traer a su padre a vivir a los Estados Unidos, usted debe entregar la siguiente documentación al USCIS. Tenga en cuenta que si usted ha sido adoptado legalmente, usted no puede pedir a su padre de nacimiento.

 •Formulario I-130, Petition for Alien Relative (Solicitud de Familiar Extranjero). Si usted quiere solicitar a ambos padres, debe diligenciar un formulario separado por cada uno.

 •Una copia de su certificado de nacimiento que muestre su nombre y los nombres de ambos de sus padres.

 •Si su nombre o el de su padre es diferente ahora a lo que dice en su certificado de nacimiento, usted debe proveer evidencia del cambio legal de nombre.

•Si usted no nació en los Estados Unidos, debe proveer o una copia de su pasaporte estadounidense o una copia de su Certificado de Naturalización o Ciudadanía.

•Una copia del certificado de matrimonio civil de sus padres.

•Una copia de cualquier acta de divorcio, certificado de defunción o acta de anulación que demuestre que cualquier matrimonio anterior de su padre o madre fue terminado de manera legal.

Padre, si usted es hijo natural (fuera de matrimonio) y no fue legitimado

Si usted quiere traer a su padre a vivir a los Estados Unidos y usted es hijo natural (nació fuera de matrimonio) y no fue legitimado por su padre antes de cumplir 18 años y mientras estaba soltero, usted debe entregar la siguiente documentación al USCIS. Tenga en cuenta que si usted ha sido adoptado legalmente, usted no puede pedir a su padre de nacimiento.

 •Formulario I-130, Petition for Alien Relative (Solicitud de Familiar Extranjero). Si usted quiere solicitar a ambos padres, debe diligenciar un formulario separado por cada uno.

 •Una copia de su certificado de nacimiento que muestre su nombre.

•Si usted no nació en los Estados Unidos, debe proveer o una copia de su pasaporte estadounidense o una copia de su Certificado de Naturalización o Ciudadanía.

•Evidencia de su relación padre-hijo(a) con su padre.

 •Evidencia de que existía un lazo emocional o económico entre usted y su padre antes de que usted se casara o antes de haber alcanzado los 21 años de edad.

 •Si el nombre de alguien ha cambiado legalmente (es diferente al del certificado de nacimiento), debe proveer evidencia de dicho cambio.

Padre, si usted es hijo natural (fuera de matrimonio) y fue legitimado

Si usted quiere traer a su padre a vivir a los Estados Unidos y usted es hijo natural (nació fuera de matrimonio) pero fue legitimado por su padre antes de cumplir 18 años y mientras estaba soltero, usted debe entregar la siguiente documentación al USCIS. Tenga en cuenta que si usted ha sido adoptado legalmente, usted no puede pedir a su padre de nacimiento.

 •Formulario I-130, Petition for Alien Relative (Solicitud de Familiar Extranjero). Si usted quiere solicitar a ambos padres, debe diligenciar un formulario separado por cada uno.

 •Una copia de su certificado de nacimiento que muestre su nombre.

•Si usted no nació en los Estados Unidos, debe proveer o una copia de su pasaporte estadounidense o una copia de su Certificado de Naturalización o Ciudadanía.

•Evidencia de que usted fue legitimado antes de cumplir los 18 años de edad, por medio de: a) el matrimonio de sus padres de nacimiento, ó b) la leyes del estado o país en el que usted vive, ó c) las leyes del estado o país en el que vive su padre.

 •Si el nombre de alguien ha cambiado legalmente (es diferente al del certificado de nacimiento), debe proveer evidencia de dicho cambio.

Padrastro o Madrastra

Si usted quiere traer a su padrastro a madrastra a vivir a los Estados Unidos, usted debe entregar la siguiente documentación al USCIS:

 •Formulario I-130, Petition for Alien Relative (Solicitud de Familiar Extranjero). Si usted quiere solicitar a ambos padres, debe diligenciar un formulario separado por cada uno.

 •Una copia de su certificado de nacimiento que muestre su nombre y los nombres de sus padres de nacimiento.

 •Si usted no nació en los Estados Unidos, debe proveer o una copia de su pasaporte estadounidense o una copia de su Certificado de Naturalización o Ciudadanía.

•Una copia del certificado de matrimonio civil de su padre/madre de nacimiento con su madrastra/padrastro, indicando que dicho matrimonio ocurrió antes de que usted cumpliera 18 años de edad.

 •Una copia de cualquier acta de divorcio, certificado de defunción o acta de anulación que demuestre la terminación legal de cualquier matrimonio de su padre/madre o madrastra/padrastro.

 •Si el nombre de alguien ha cambiado legalmente (es diferente al del certificado de nacimiento), debe proveer evidencia de dicho cambio.

Padre/Madre Adoptivo(a)

Si usted quiere traer a su padre/madre adoptivo(a) a vivir a los Estados Unidos, usted debe entregar la siguiente documentación al USCIS. Tenga en cuenta que si usted ha sido adoptado legalmente, usted no puede pedir a sus padres de nacimiento.

 •Formulario I-130, Petition for Alien Relative (Solicitud de Familiar Extranjero). Si usted quiere solicitar a ambos padres, debe diligenciar un formulario separado por cada uno.

 •Una copia de su certificado de nacimiento que muestre su nombre.

•Si usted no nació en los Estados Unidos, debe proveer o una copia de su pasaporte estadounidense o una copia de su Certificado de Naturalización o Ciudadanía.

•Una copia certificada del acta de adopción, que muestre que la adopción ocurrió antes de que usted cumpliera 16 años de edad.

•Una declaración juramentada indicando los lugares y fechas en los que usted ha vivido con su padre/madre adoptivo(a).

 •Si el nombre de alguien ha cambiado legalmente (es diferente al del certificado de nacimiento), debe proveer evidencia de dicho cambio.

Después de Entregar la Solicitud

Si su padre/madre se encuentra actualmente en los Estados Unidos, su padre/madre puede ser elegible para entregar el Formulario I-485, Application to Resgister Permanent Residence or to Adjust Status (Solicitud de Registro de Residencia Permanente o para Cambiar el Estatus), al mismo tiempo que entregue el Formulario I-130, Petition for Alien Relative (Solicitud de un Familiar Extranjero).

Usted será notificado por el USCIS si su solicitud I-130 es aprobada o rechazada. Si es aprobada y su padre/madre se encuentra fuera de los Estados Unidos, a su padre/madre se le pedirá que vaya al consulado estadounidense local para completar el proceso de procesamiento de la visa. Si su padre/madre se encuentra dentro de los Estados Unidos y no entregó el Formulario I-495 concurrentemente con la solicitud I-130, lo puede hacer cuando dicha solicitud sea aprobada.

Cómo Apelar la Decisión

 Si su solicitud es rechazada, la carta de rechazo le informará sobre cómo apelar y cuándo hacerlo. Después de que su formulario de apelación sea procesado, éste será entregado al Borrad of Immigration Appeals o Comité de Apelaciones de Inmigración.

Importante: La información en esta página fue provista por el Departamento de Estado, por el Servicio de Inmigración y Naturalización (INS), por el Servicio Estadounidense de Ciudadanía e Inmigración (USCIS) y/o por el Departamento de Homeland Security de los Estados Unidos. Ninguna información provista en esta página debe ser considerada como asesoramiento legal. Por esta razón se le aconseja al lector que consulte con un abogado antes de hacer cualquier diligencia para visitar o migrar a los Estados Unidos de América.

Fuente: http://www.inmigracionyvisas.com/a139perm-padres-procedimiento.html
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lunes, 3 de octubre de 2016

Los 10 Hechos Importantes Que Se Debe Saber Sobre Los Inmigrantes De Hoy


Este pasaso junio marca el segundo Mes de la Herencia del Inmigrante, cuando los americanos celebran la diversidad de sus raíces inmigrantes, y recuentan sus historias familiares de sacrificios y contribuciones. Estas historias forman la columna vertebral de los EE.UU. Para marcar el Mes de la Herencia del Inmigrante, aquí hay 10 cosas que necesitas saber sobre los inmigrantes hoy:

1.       Hay 41 millones de personas nacidas en el extranjero viviendo en los EE.UU. Juntos, este grupo constituye 12,9 por ciento de la población en general. Este porcentaje sigue por debajo del punto más alto relacionado con la inmigración en el año 1890, cuando 14,8 por ciento de la población era de origen extranjero.

2.       Los latinos y los estadounidenses de origen asiático son un segmento creciente del electorado estadounidense. En el 2012, los latinos componían un 11 por ciento de los votantes elegibles, con los estadounidenses de origen asiático constituyendo 6 por ciento. Para el año 2024, se espera que estos dos grupos crecerán a 15 por ciento y 8 por ciento, respectivamente.

3.       En el país, hay más de 904.000 inmigrantes adultos LGBT. De estos inmigrantes, 30 por ciento, o 267.000, son indocumentados.

4.       Los inmigrantes juegan un rol importante en la economía de los EE.UU. Estudios han encontrado que los inmigrantes tienen más probabilidades que los estadounidenses nativos de iniciar y tener sus negocios propios, y que los inmigrantes estadounidenses o sus hijos han fundado más de 40 por ciento de compañías Fortune 500.

5.       Habían 11,2 millones de inmigrantes indocumentados viviendo en los EE.UU desde enero del 2012. Esto es una disminución de la población estimada en el año 2007 de 12.2 millones de inmigrantes indocumentados. Adicionalmente, 16,6 millones de personas viven en familias con un estatus mixto, que contienen individuos autorizados y no autorizados en la familia, incluyendo 5,5 millones de niños nacidos en los Estados Unidos.

6.       Desde marzo del 2015, casi 750.000 personas han aplicado para la Acción Diferida para los Llegados en la Infancia, o DACA por sus siglas en inglés, y las aplicaciones de 665.000 personas han sido aprobadas. DACA ha tenido un impacto significativo y positivo en las vidas de aquellos que obtuvieron estatus temporario: un estudio de la Universidad de Harvard encontró que 60 por ciento de los beneficiarios de DACA reportaron haber conseguido trabajos nuevos, y 45 por ciento reportaron aumento en los salarios. Adicionalmente, 57 por ciento de los beneficiarios de DACA han obtenido una licencia de conducir, dándoles más movilidad y flexibilidad para apoyarse a sí mismos y a sus familias.

7.       5 millones de padres y DREAMers adicionales recibirán permisos de trabajo temporarios y alivio de las deportaciones bajo los programas de acción diferida. La introducción de DACA en el año 2012, la expansión del 2014 de DACA, y la Acción Diferida para los Padres de Americanos y Residentes Permanentes Legales o DAPA, por sus siglas en Ingles, mantendrán a las familias juntas y aliviarán a millones de personas alrededor del país. Casi 3 millones de aquellos elegibles son de México y América Central, con 630.000 individuos adicionales de Asia.

8.       Los programas de acción diferida impulsarán a la economía de los EE.UU. significativamente. Durante los próximos 10 años, se estima que el producto interno bruto de los EE.UU crecerá por unos $230 mil millones. A medida que la economía crece, los americanos también verán como sus salarios crecen por $124 mil millones en el transcurso de la próxima década, y habrá una creación de alrededor de 29 mil puestos de trabajos por año para todos los estadounidenses.

9.       Los inmigrantes indocumentados pagaron $11,84 mil millones en impuestos locales y estatales en el 2012. Si las directivas de la acción diferida fueran implementadas en su totalidad, los ingresos fiscales estatales y locales aumentarían por $845 mil millones estimados adicionales por año.

Los inmigrantes son una parte importante de la economía de los EE.UU y la sociedad americana. Para impulsar aún más el potencial de esas contribuciones, la expansión de DACA y el programa DAPA—que están actualmente esperando la decisión de la corte—necesitan seguir hacia adelante para proveer una sensación de alivio temporal que es muy necesaria para millones de familias estadounidenses. Por último, el congreso debe aprobar un camino permanente a la ciudadanía. Esto añadiría 1,2 trillones de dólares al Producto Interno Bruto en los próximos 10 años, y crearía hasta 145.000 trabajos nuevos por año. Reparar el sistema inmigratorio americano asegurará que todas las personas viviendo en el país puedan maximizar su potencial y contribuir a una prosperidad americana compartida.

Sanam Malik es Asistente Especial para el equipo de Política Inmigratoria en el Center for American Progress. Philip E. Wolgin es el Director Asociado para el equipo de Inmigración.

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